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El Senado de la República ha aprobado en lo general el uso de datos biométricos en la Clave Única de Registro de Población (CURP) a través de la implementación de la Llave MX. Esta herramienta digital, que será administrada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, tiene como objetivo simplificar trámites y combatir la corrupción en el país. Sin embargo, surgen interrogantes sobre quién será el encargado de vigilar y establecer las medidas de seguridad necesarias para proteger estas bases de datos.
La información biométrica es única y personal, ya que se basa en características físicas específicas de cada individuo, como huellas dactilares, escaneo del iris o reconocimiento facial. Aunque su precisión es indiscutible, la incorporación automática de estos datos a un documento de identidad no garantiza por sí sola la erradicación de la corrupción. Es fundamental implementar controles institucionales, transparencia y rendición de cuentas para combatir este fenómeno de manera efectiva.
En este sentido, es necesario cuestionar quién será el responsable de custodiar esta información, bajo qué controles operará y qué garantías existirán para proteger la privacidad de los ciudadanos. Dado que los datos biométricos no pueden ser reemplazados como una contraseña, se requieren altos estándares de seguridad, supervisión independiente y un marco legal específico que asegure su tratamiento legítimo, proporcional y seguro.
La aprobación de esta reforma se presenta como un avance en la lucha contra la corrupción, pero también plantea el riesgo inminente de vulneración a la privacidad de millones de personas. Es fundamental transparentar el proceso de protección de estos datos y definir claramente quién será el responsable de su resguardo en caso de vulneración o mal uso. Además, se debe informar a la población sobre las instituciones que intervendrán en este proceso y garantizar su consentimiento expreso para la implementación de la CURP biométrica.
En un contexto donde los datos personales son tan valiosos como el oro, es imprescindible establecer controles claros sobre el acceso, uso y protección de los datos biométricos de la población. Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) han alertado sobre los riesgos que esto implica y la necesidad de contar con sistemas sofisticados de protección y personal altamente calificado para garantizar la seguridad de la información.
En este sentido, es relevante recordar instrumentos internacionales como el Convenio 108 del Consejo de Europa, que establece un marco legal para la protección de datos personales. México puede tomar este tratado como referencia para implementar avances tecnológicos con respeto a la dignidad humana y los derechos fundamentales de las personas.
La creación de una CURP biométrica obligatoria en México plantea desafíos en cuanto a la discusión pública, el consenso constitucional y los mecanismos de protección de datos. Es fundamental que se tomen medidas preventivas para proteger la privacidad y los derechos de los ciudadanos ante posibles vulneraciones de información.
En resumen, es necesario establecer un marco legal sólido, controles claros y mecanismos de protección efectivos para garantizar la seguridad de los datos biométricos de la población mexicana. La transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos digitales son fundamentales en este proceso..