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Sasha Sokol gana caso contra Luis de Llano: así fue la cronología de la denuncia de abuso

Tras más de dos años de lucha legal y mediática, Sasha Sokol obtuvo un fallo a su favor en el caso que interpuso contra el productor Luis de Llano por abuso. El caso, que sacudió a la industria del entretenimiento mexicano, marca un precedente en la visibilización de la violencia ejercida desde posiciones de poder en el medio artístico.

La sentencia reconoce que Sokol fue víctima de una relación abusiva iniciada cuando era menor de edad, y responsabiliza a De Llano por los daños causados, tanto en el plano personal como profesional. A continuación, te presentamos la cronología del caso que cambió la conversación sobre el abuso en el mundo del espectáculo mexicano:


📌 Febrero de 2022 – La denuncia pública

Sasha Sokol, exintegrante de Timbiriche, sorprendió al país al publicar un mensaje contundente en redes sociales. En él, relató que cuando tenía 14 años sostuvo una relación con Luis de Llano, quien tenía 39. Aclaró que no fue una relación consentida sino un abuso de poder disfrazado de romance.

“Él era un adulto. Yo era una niña”, escribió. La publicación se viralizó de inmediato, generando apoyo, indignación y llamados a la justicia.


📌 Marzo de 2022 – La defensa de De Llano

Días después, Luis de Llano respondió en entrevistas asegurando que la relación fue “consensuada” y que no tenía nada de qué avergonzarse. Sus declaraciones solo intensificaron la polémica y motivaron a Sasha a iniciar acciones legales por daño moral.


📌 Abril de 2022 – Demanda formal

Sokol presentó una demanda civil por daño moral ante los tribunales de la Ciudad de México. El proceso fue seguido de cerca por medios, activistas y organizaciones defensoras de derechos de mujeres y niñas.


📌 2023–2024 – Etapa judicial

Durante el juicio, salieron a la luz documentos, testimonios y material hemerográfico que respaldaban la versión de Sasha. Aunque el proceso fue largo, la cantante se mantuvo firme en su propósito de justicia, y fue respaldada por otras figuras públicas que también han alzado la voz contra el abuso en la industria.


📌 Junio de 2025 – Sentencia a favor de Sasha

Finalmente, este 26 de junio, se dictó sentencia: el tribunal determinó que Sasha Sokol fue víctima de una relación inapropiada propiciada por el abuso de poder de Luis de Llano, y lo condenó por daño moral. El fallo obliga al productor a ofrecer una disculpa pública y a pagar una indemnización económica.


📌 Un precedente necesario

Tras conocer el fallo, Sasha expresó su gratitud a quienes la acompañaron durante el proceso y reiteró su compromiso con la defensa de los derechos de niñas y adolescentes.

“Este no es solo mi caso. Es el caso de muchas que no han tenido voz. Hoy, la justicia nos escuchó”, escribió en un nuevo mensaje.

Con este fallo, se abre una nueva etapa para la actriz y cantante, quien ha dicho que seguirá utilizando su historia para romper silencios y alentar a otras víctimas a buscar justicia.

Luis de Llano deberá indemnizar a Sasha Sokol; abuso infantil no caduca: SCJN

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la Ciudad de México emitió una resolución histórica este miércoles al confirmar la condena civil impuesta al productor Luis de Llano Macedo por abuso sexual en contra de la artista Sasha Sokol hace más de 30 años. En un fallo unánime, el máximo tribunal estableció la jurisprudencia de que en casos de abuso sexual infantil, no aplica la prescripción para presentar una demanda por la vía civil cuando no es posible hacerlo por la vía penal.

El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló que cualquier medida prescriptiva lesionaría el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, impidiendo así la posibilidad de obtener una compensación por el daño sufrido. La sentencia dictada por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de México en septiembre de 2023 fue confirmada, ordenando a De Llano Macedo pagar una indemnización a la actriz, tomar un curso de sensibilización y ofrecer una disculpa pública a la víctima.

El productor musical y de televisión alegó errores procesales, como la omisión de incluir a otra persona en el juicio y la mala valoración de pruebas y testimonios. Sin embargo, la Sala reafirmó que los casos de violencia sexual no requieren pruebas directas que acrediten la relación de manera indiscutible. Asimismo, se sostuvo que aplicar la prescripción en estos casos vulneraría los derechos de acceso a la justicia, libertad y seguridad sexual, integridad personal y a vivir sin violencia.

Sasha Sokol denunció en 2022 que De Llano abusó de ella cuando tenía 14 años y él 39. Tras un proceso legal, un juez ordenó al productor la indemnización y reparación del daño moral, lo que incluyó tomar un curso de sensibilización y ofrecer una disculpa pública a la actriz. Ambas partes apelaron, y finalmente un tribunal reconoció expresamente el abuso sexual, condenando al productor. Este último respondió promoviendo un amparo, el cual fue rechazado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los datos biométricos en México: ¿solución o nuevos riesgos? – Proceso

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El Senado de la República ha aprobado en lo general el uso de datos biométricos en la Clave Única de Registro de Población (CURP) a través de la implementación de la Llave MX. Esta herramienta digital, que será administrada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, tiene como objetivo simplificar trámites y combatir la corrupción en el país. Sin embargo, surgen interrogantes sobre quién será el encargado de vigilar y establecer las medidas de seguridad necesarias para proteger estas bases de datos.

La información biométrica es única y personal, ya que se basa en características físicas específicas de cada individuo, como huellas dactilares, escaneo del iris o reconocimiento facial. Aunque su precisión es indiscutible, la incorporación automática de estos datos a un documento de identidad no garantiza por sí sola la erradicación de la corrupción. Es fundamental implementar controles institucionales, transparencia y rendición de cuentas para combatir este fenómeno de manera efectiva.

En este sentido, es necesario cuestionar quién será el responsable de custodiar esta información, bajo qué controles operará y qué garantías existirán para proteger la privacidad de los ciudadanos. Dado que los datos biométricos no pueden ser reemplazados como una contraseña, se requieren altos estándares de seguridad, supervisión independiente y un marco legal específico que asegure su tratamiento legítimo, proporcional y seguro.

La aprobación de esta reforma se presenta como un avance en la lucha contra la corrupción, pero también plantea el riesgo inminente de vulneración a la privacidad de millones de personas. Es fundamental transparentar el proceso de protección de estos datos y definir claramente quién será el responsable de su resguardo en caso de vulneración o mal uso. Además, se debe informar a la población sobre las instituciones que intervendrán en este proceso y garantizar su consentimiento expreso para la implementación de la CURP biométrica.

En un contexto donde los datos personales son tan valiosos como el oro, es imprescindible establecer controles claros sobre el acceso, uso y protección de los datos biométricos de la población. Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) han alertado sobre los riesgos que esto implica y la necesidad de contar con sistemas sofisticados de protección y personal altamente calificado para garantizar la seguridad de la información.

En este sentido, es relevante recordar instrumentos internacionales como el Convenio 108 del Consejo de Europa, que establece un marco legal para la protección de datos personales. México puede tomar este tratado como referencia para implementar avances tecnológicos con respeto a la dignidad humana y los derechos fundamentales de las personas.

La creación de una CURP biométrica obligatoria en México plantea desafíos en cuanto a la discusión pública, el consenso constitucional y los mecanismos de protección de datos. Es fundamental que se tomen medidas preventivas para proteger la privacidad y los derechos de los ciudadanos ante posibles vulneraciones de información.

En resumen, es necesario establecer un marco legal sólido, controles claros y mecanismos de protección efectivos para garantizar la seguridad de los datos biométricos de la población mexicana. La transparencia, la rendición de cuentas y el respeto a los derechos digitales son fundamentales en este proceso..