Manual para abogados en la reforma judicial. Sexta parte​

Las nominaciones de los jueces de la Suprema Corte de los Estados Unidos (los Justice), han dado origen a cortes profundamente progresistas, como la corte Warren (por su presidente, Earl Warren), quien durante casi dos décadas (los años cincuenta y sesenta del siglo pasado), emitió muchas de las sentencias que moldearon el arreglo político de ese país, en aras de la igualdad social, y que se sigue usando como ejemplo de corte liberal defensora de derechos en las clases de derecho constitucional. Pero el mismo sistema ha dado lugar a cortes muy conservadoras, como la que el día de ayer extendió la inmunidad penal total a los presidentes en el ejercicio de actos oficiales, aún cuando dejan su mandato. Acaban de abrir la puerta del aprendiz de brujo.

Mi punto es que los ministros, magistrados y jueces no pueden evitar tener una visión determinada, en parte, por sesgos ideológicos. El problema sería entonces, en primer lugar, garantizar que los sesgos no den lugar a decisiones ilegales; después, de ser posible, que tampoco sean injustas ni carentes de sentido de responsabilidad. Este último punto es el que más molesta a los justicialistas, asumir que los jueces son responsables de las consecuencias materiales de sus fallos, y no sólo de la pulcritud técnica de los mismos.

La historia de la Suprema Corte de Estados Unidos está llena de ejemplos que ilustran cómo las inclinaciones ideológicas de sus miembros han impactado de manera significativa el destino del país. La corte Marshall, por ejemplo, sentó las bases del poder judicial federal y del principio de revisión judicial, que se convirtió en una piedra angular del sistema de justicia estadounidense. Por otro lado, la corte Taney, bajo el liderazgo de Roger B. Taney, es recordada por el infame fallo en el caso Dred Scott v. Sandford, que exacerbó las tensiones que llevaron a la Guerra Civil.

La capacidad de los jueces para influir en la política y la sociedad a través de sus decisiones subraya la importancia de su nominación y confirmación, pero también pone en tela de juicio el modelo de selección indirecta y cerrada. Cada nominación es una oportunidad para moldear el futuro del país y cada juez trae consigo una filosofía judicial que puede inclinar la balanza en asuntos críticos. Esta realidad ha llevado a que las nominaciones los tribunales más altos de cualquier país sean eventos altamente politizados, con senadores y presidentes conscientes de que sus decisiones tendrán repercusiones a largo plazo.

El desafío radica en encontrar un equilibrio entre la independencia judicial y la rendición de cuentas. Los jueces deben poder tomar decisiones basadas en la ley y la Constitución, sin temor a represalias políticas. Sin embargo, también deben ser conscientes de las implicaciones de sus fallos, y actuar con un sentido de responsabilidad hacia la sociedad. Esto requiere un sistema de selección y confirmación que valore tanto la competencia técnica como la integridad ética. ¿Está peleado esto con la elección popular? Depende de la forma. Eso es lo que hay que debatir.

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